DERECHOS DEL AUTOR- Reglas de oro

          

Los derechos de autor

El titular de los derechos de autor goza de derechos exclusivos respecto de:
  • Reproducir la obra en copias o fonogramas.
  • Preparar obras derivadas basadas en la obra.
  • Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
  • Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
  • Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales.
  • En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.
La protección del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.
Los autores de una obra colectiva son co-dueños del derecho de autor de dicha obra a menos que haya un acuerdo que indique lo contrario.
El derecho de autor de cada contribución individual de una publicación periódica o en serie, o cualquier otra obra colectiva, existen a parte del derecho de autor de una obra colectiva en su totalidad y están conferidos inicialmente al autor de cada contribución. La mera posesión de un libro, manuscrito, pintura o cualquier otra copia o fonograma le otorga al dueño el derecho de autor.
Los menores de edad pueden reclamar derecho de autor, pero las leyes específicas pueden reglamentar cualquier transacción relacionada con este tema donde ellos sean parte.


Clases de derechos de autor:

Dentro de la tradición jurídica del Derecho continental, Derecho internacional, y Derecho mercantil, se suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor:
  • Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier persona explotar la obra.
  • Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.
  • Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.
  • Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.
  • Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una sinfonía por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se difunden por medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una discoteca, un avión o un centro comercial, también están sujetos a este derecho.
  • Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra traducida se debe solicitar un permiso del titular de la obra en el idioma original.

Explicación de las reglas de oro.

  
32. Tener en cuenta el artículo 20 Nº 20 del manual de convivencia.

      El articulo 20 Nº 20 del manual de convivencia del Colegio La Presentación:

     Artículo 20:  Faltas gravisimas:Aquellas que se comenten dentro o fuera del plantel       educativo que causen perjuicio material, físico o moral, atentando contra el derecho de las personas y entorpeciendo los objetos educativos y el ambiente en la institución.Estas conllevan a la exclusión definitiva del colegio o a la no proclamación en los estudiantes del último grado.
Dentro de ellas se puede considerar:
  20. Usar la red de internet para aspectos diferentes a los establecidos por la institución:  páginas pornográficas y satánicas, correos electrónicos que afecten la integridad y el buen del nombre de la persona y el colegio. De igual forma se aplica para el uso de celular.

33.Tener en cuenta el decreto 1273 de 2009.

Ley 1273 de 2009 (enero 5).
Diario Oficial No. 47.223 de 5 de enero de 2009
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el Código Penal con un Título VII BIS denominado “De la Protección de la información y de los datos”, del siguiente tenor:
CAPITULO I
De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos.
CAPITULO II
De los atentados informáticos y otras infracciones.

En estos capítulos se expresa la protección de la información y de los datos informáticos de los usuarios y sus penas al intentar atentar contra la confidencialidad y demás.


34.Tener en cuenta el código de conducta digital.

Para tener un buen código de conducta general, te daremos unos consejos para tener buenos comportamientos frente a este código:


  • Hacer buen uso de las Tics para el libre desarrollo de la personalidad y la  autonomía y a través de ella reconocer y hacer respetar las creencias y pensamientos y los de los demás.
  • Respeto la libertad y la opinión de los demás cibernautas.
  • Me cuido en los ambientes tecnológicos, teniendo una buena seguridad en las contraseñas y no violando la identidad de los demás.
  • Respetar los derechos de autor.

35.Tener en cuenta el artículo 89 del manual de convivencia.

ARTICULO 89º. Laboratorios  salas especializadas:


Este artículo trata del reglamento interno que debe tener cada una de las salas especializadas, en este caso la de tecnología, teniendo en cuenta algunos parámetros establecidos en este reglamento:


  • Mantener el orden y la disciplina.
  • No se debe material del aula.
  • Ubicarse ordenadamente en el puesto asignado.
  • No llevar maletas- alimentos ni bebidas, ni ganchos clips o materiales que dañen los equipos.
  • Seguir estrictamente las instrucciones del profesor.